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Tuesday, August 25, 2015

El comercio electrónico: Desafío para la legislación colombiana

Por: Maria Isabel Aguilar Goez (maguila9@eafit.edu.co)
Estudiante de Derecho, Universidad EAFIT, Colombia

El 24 de marzo 2015, la división en Tecnología y Logística de la UNCTAD ha realizado un informe sobre las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC’s) y el Comercio Electrónico, donde de manera analítica se miran las repercusiones de estas en el desarrollo y se elaboran herramientas políticas y legales que los países en vía de desarrollo pueden adoptar para obtener los importantísimos objetivos del crecimiento económico y el desarrollo sostenible.

La edición 2015 del IER (Information Economy Report) resalta como en algunos países en vía de desarrollo las empresas han logrado implementar medidas para que los usuarios puedan acceder al comercio electrónico, las cuales según el estudio tienen muchísimo potencial, sin olvidar el exhaustivo camino que deben recorrer (UNCTAD, 2015)

Respecto a las grandes multinacionales y las empresas dominantes en el comercio electrónico, es claro que estas cuentan con los recursos para crear sus plataformas e invertir en los softwares que requieren para las transacciones electrónicas, las cuales se han tornado muy comunes en el mercado mundial donde ya la idea del intercambio de bienes y servicios no es únicamente presencial y este hecho como tal constituye un desafío para el derecho.

En las estadísticas aportadas en el informe se puede apreciar que los países pioneros en el uso del comercio electrónico en la modalidad empresa-consumidor (B2C) son en su mayoría países desarrollados. Aquí el aspecto cultural es supremamente relevante ya que en un país como el nuestro existen muchas dudas y miedos al utilizar los medios electrónicos como un medio seguro de pago. Para que tratar de explicar esto es interesante mirar la teoría de la eficacia simbólica del derecho, que en un breve acercamiento se refiere a aquella eficacia o creencia de eficacia que se le dan a las leyes solo por el hecho de que se crean mediante un proceso formal, sin embargo con frecuencia la ineficacia instrumental o practica del derecho es una consecuencia de que sus normas solo buscan dicha eficacia simbólica. Más aun en un tema como lo es la regulación propia del comercio electrónico donde estrictamente se requiere de una eficacia instrumental, por la sencilla razón de que mediante estas normas se protegerá el diario vivir de las personas que consumen en línea o ejercen sus actividades comerciales en línea. Personas que de una manera u otra están inmersas en aquel mundo globalizado del que no podemos escapar donde relaciones jurídicas no presenciales ocurren a diario. De esta manera es primordial crear esa creencia de eficacia instrumental en las instituciones y las normas, en tanto los ciudadanos participaran activamente como consumidores en el comercio electrónico, en otras palabras “El objetivo principal para el desarrollo del comercio electrónico es generar confianza para que tanto consumidores como empresas tengan la seguridad de que sus transacciones no serán interceptadas ni modificadas, que el vendedor y el comprador sean identificables, y que los mecanismos de transacción sean accesibles, legales y seguros” (COM – 1997, 157 final)

Es necesario precisar que jurídicamente las operaciones de consumo no son consideradas como comerciales , sin embargo en el comercio electrónico existen cuatro modalidades que son; B2C (Business-to-Consumer) Empresas que venden al público en general,B2B (Business-to-Business): Empresas haciendo negocios entre ellas, B2G (Business-to-Government): Empresas que venden a instituciones de gobierno y C2C (Consumer-to-Consumer): Plataforma a partir de la cual los consumidores compran y venden entre ellos.

En lo que a la normatividad colombiana respecta si existe una ley que regula el comercio electrónico. Es la ley 527 de 1999 y el decreto reglamentario 1747 de 2000 que se encuentran fundamentados en los principios que propone la ley de comercio electrónico de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional CNUDMI. Dicha ley abarca “las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Las relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las siguientes operaciones: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; todo tipo de operaciones financieras, bursátiles y de seguros; de construcción de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; todo acuerdo de concesión o explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera;” es decir el modo B2C si está incluido es este tipo de normatividad y esta será la modalidad la que se analizara en este artículo. Aquí también es necesario tener en cuenta que el 12 de junio de 1996 La Comisión aprobó la Ley Modelo de la CNUDMI de comercio electrónico regulando sobre los temas y exigencias propias de la época y en nuestro país se vino a incorporar al ordenamiento jurídico interno en el año 1999.Hoy estamos en el 2015 y velocidad a la que se mueven las tecnologías y como han cambiado las relaciones comerciales, son hechos que demuestran la necesidad de una legislación más avanzada acorde a los nuevos objetivos mundiales y también por los diversos derechos patrimoniales y personas que se pueden ver comprometidos mediante esta modalidad comercial.

Un asunto vital a la hora de que un consumidor realice compras por medio del e-commerce es el uso de las tarjetas de crédito. En Colombia solo 12 pesos, de cada 100 que los colombianos destinan para sus gastos, se pagan con tarjetas de crédito, lo que sitúa al país en el sexto lugar entre un grupo de 18 países de Latinoamérica, donde, en general, el uso del dinero plástico es bajo (BSLatam) asimismo en el estudio incluido en el IER 2015 se habla de la población que utiliza medios electrónicos para comprar en Colombia y podemos ver que nos encontramos en el último lugar de América Latina. En dicho índice expuesto por este informe de la UNCTAD se incluyen variables tales como la cobertura de los envíos, uso de las tarjetas de crédito, capacidad del internet y tenencia de servidores seguros con el porcentaje de población que compra en línea. En suma lo que el índice nos muestra sobre nuestro país es que a pesar de que en Colombia la cantidad de gente que utiliza el comercio electrónico es relativamente poca. No cuentan con los elementos necesarios para desarrollar una compra segura y en buenos términos.

Por lo expuesto anteriormente estamos frente a dos problemas; uno socio-cultural sobre la inseguridad e ignorancia de la utilización de estos medios que comprende la falta de capacitación ciudadana y la falta de acceso a los medios para utilizar el e-commerce como problema político y uno jurídico que da cuenta de la necesidad de adecuar las normas existentes a los estudios brindados por los organismos internacionales expertos en comercio electrónico en todas sus modalidades.

Algunos se preguntaran ¿Por qué apostarle a una regulación más completa y actualizada del tema si precisamente en el estudio se confirma que son muy pocas las personas en Colombia que utilizan la modalidad B2C? Pues porque no siempre tenemos que ser un país reactivo, que lleva al mundo jurídico una situación fáctica cuando ya es inevitable, debemos tener una mentalidad preventiva y anticipada de los riesgos que este tipo de intercambio no presencial pueda generar para los ciudadanos. De esta manera aunque existan pocas personas en Colombia estrechamente familiarizadas con el e-commerce no significa que no deba existir una legislación apropiada para ello.

La ley 527de 1999 debería desarrollar la modalidades del comercio electrónico mediante una normatividad que obedezca a los estudios de los órganos internacionales expertos en el caso, asimismo sería más acorde con los Objetivos del Desarrollo del Milenio propuestos con las Naciones Unidas que están haciendo transición hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En tanto estos plantean lo crucial que es “fortalecer la integración de los países en desarrollo en el sistema de comercio multilateral, según se mida por su diversificación comercial y su participación en el valor agregado. De manera similar, será esencial abordar la división digital en crecimiento. Solo entonces se podrá cosechar el poder de transformación de las TIC y la revolución informática para proveer un desarrollo sostenible para todos” (Naciones Unidas)

Con esto vemos lo esencial que es la sintonía con esos objetivos en razón de la gran importancia que representa el comercio electrónico para el desarrollo de un país. El ODM8 que busca fomentar una asociación mundial para el desarrollo, destaca la capacidad para los países como el nuestro en vía de desarrollo para alcanzar niveles altos de crecimiento económico (Torres, 2014), situación en la que el comercio electrónico es una variable crucial, que al consolidarse proporcionaría unas ganancias de eficiencia economía al reducir los costos de intermediación y si hay un alto aprovechamiento del comercio electrónico se generarían menos costos para la economía colombiana(DNP,2009, p.10)

Siendo así, cuando se cambie la percepción cultural sobre el comercio electrónico, cuando más ciudadanos tengan los medios para acceder fácilmente a este y cuando existan leyes completas y sintonizadas con los instrumentos internacionales que regulan el tema. El desenvolvimiento del comercio electrónico en Colombia progresara incrementando las variables del comercio y la inversión que son primordiales para un constante desarrollo.

Referencias


  • Comisión de las Comunidades Europeas, Comunicación de la comisión de las comunidades europeas al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre iniciativa europea de comercio electrónico(COM – 1997, 157 final)
  • Departamento Nacional de Planeación. (2009). CONPES 3620. Lineamientos de política para el desarrollo e impulso del comercio electrónico en Colombia. Bogotá.
  • Naciones Unidas. (s.f.). Objetivos de desarrollo del Milenio Informe 2015. New York. http://www.undp.org/content/dam/undp/library/MDG/spanish/UNDP_MDG_Report_2015.pdf
  • Torres, R. A. (2014). La OMC y el logro de los ODM: lecciones para la Agenda de Desarrollo post 2015. 
  • UNCTAD (2015) Reporte de la Economias de la Informacion 2015. Obtenido de http://unctad.org/en/PublicationsLibrary/ier2015_en.pdf

Wednesday, April 1, 2015

Innovación y adaptación, las claves para que Colombia participe en la economía global del conocimiento a través del comercio electrónico

Juan Carlos Diaz Vasquez
Por: Juan Carlos Díaz Vásquez
Docente de Negocios Internacionales, Universidad EAFIT



En Marzo 2015, fue lanzado el Reporte 2015 sobre la Economía de la Información elaborado por la Conferencia para el Comercio y el Desarrollo de las Naciones Unidas UNCTAD. Como subtítulo del reporte se puede leer: “La liberación del potencial del comercio electrónico para los países en vías de desarrollo”. Este reporte de 136 páginas está estructurado de manera que los datos allí presentados muestran las grandes posibilidades que la era digital puede ofrecer a países como el nuestro en vías de desarrollo pero al mismo tiempo es un panorama de facto sobre las medidas necesarias para que todo este potencial sea realmente aprovechado a través de la innovación y el surgimiento de nuevos modelos de negocios apoyados en medios electrónicos.

Considerando la gran cantidad de datos, la cobertura global del informe, así como la descripción de las modalidades más usadas dentro del espectro del comercio electrónico surge una gran variedad de aspectos para cubrir y analizar. Sin embargo, desde la perspectiva de una economía en desarrollo como la colombiana, en el contexto regional que la determina y con las características propias y algunas compartidas con otros países de la región en cuanto al desarrollo industrial valdría la pena resaltar un par de consideraciones que nos llevan a pensar en todo el potencial que tenemos y las adaptaciones que estas nuevas oportunidades representan en una economía global.

Perspectivas nacionales y regionales en el desarrollo del comercio electrónico.


El crecimiento de los negocios y las transacciones a través de medios electrónicos en todo el mundo se ve reflejado, entre otros, en el volumen de ganancias reportadas. De acuerdo con el informe de la UNCTAD las transacciones electrónicas entre empresas (B2B) alcanzaron aproximadamente 15 trillones de dólares en el 2013. Mientras que las transacciones entre empresas y consumidores (B2C) alcanzaron el monto de un trillón de dólares en el mismo año. Siendo China, EEUU, Japón, Alemania y el Reino Unido las economías más grandes en estas modalidades para el año señalado.

La región latinoamericana y del caribe alcanza el 4 % del total global en cuanto a las transacciones entre empresas y consumidores (B2C). Brasil, México y Argentina se destacan en cuanto al número de compradores en línea y el volumen de transacciones. De igual forma, destaca el informe la tendencia de los consumidores latinoamericanos a preferir otros portales de mayor cobertura internacional. Lo que indica que todavía hay mucho potencial de compra en las clases emergentes latinoamericanas que puede ser aprovechado de mejor manera si se avanza en tres grandes puntos primordiales para fomentar el comercio electrónico:
  • · la diversificación de las modalidades de pago para los consumidores en línea; 
  • · la logística de entrega de mercancías compradas en portales web; 
  • · la seguridad de los datos suministrados por los consumidores para realizar las compras en línea.

Colombia tiene todavía mucho potencial por explotar en el escenario del comercio electrónico. En primera medida porque estos aspectos deben ser trabajados de manera conjunta entre el gobierno, el sector privado y las organizaciones sociales que velan por los derechos de los consumidores. Mucho al respecto se viene haciendo en nuestro país y se hace necesario destacar la iniciativa del gobierno nacional desde el 2011 con la apertura del portal Colombia Compra Eficiente dando un paso muy importante en el tema de las transacciones electrónicas entre el gobierno y las empresas (G2B) y contribuyendo así a la transparencia en las actividades de compra y contratación por parte del gobierno. Por otra parte las alianzas entre el sector público y privado han venido generando un clima propicio para la innovación y la creación de modelos de negocios que se apoyan en nuevas tecnologías y que utilizan las existentes en maneras creativas. Importante mencionar el trabajo de Ruta N como esfuerzo conjunto entre la Alcaldía de Medellín, UNE y EPM y de igual forma el reciente pacto por la innovación, MedellINovation que busca impulsar el desarrollo y la innovación de las empresas por medio de la conformación de ecosistemas empresariales en torno a la innovación.

La estructuración, creación y seguridad de datos


Junto a las consideraciones sobre el valor económico que representa el comercio electrónico alrededor del mundo el informe hace énfasis en la manera cómo se viene desarrollando desde la perspectiva de los mercados domésticos versus los mercados internacionales. Los mayores movimientos en la economía de la información se llevan a cabo en los mercados domésticos de países desarrollados como Canadá, EEUU, Japón, así como en los países emergentes como la República de Corea. Mercados como el de la India e Indonesia si están mucho más equilibrados en cuanto al porcentaje de movimientos domésticos y hacia otros países. Después de todo el outsourcing ha sido la constante de crecimiento de estas economías durante la última década.

A partir del comportamiento del comercio electrónico tendiente a satisfacer el mercado doméstico se pueden inferir algunos puntos importantes para la proyección colombiana en este importante sector de la economía mundial:

  • · La manera de diseñar, estructurar y mantener los recursos de datos electrónicos como: catálogos, descripciones de productos, bases de datos terminológicas, tesauros, ontologías y clasificaciones de todo tipo debe tener en cuenta la posibilidad de comunicarse con otros recursos de la misma naturaleza en diferentes partes del mundo. En otras palabras, debemos crear y mantener recursos de contenido que sean interoperables entre sí para asegurar el encadenamiento en una economía de escala global. 
  • · El seguimiento y aplicación de Normas Internacionales para la creación de este tipo de recursos es una gran ventaja que asegura dicha inter-operabilidad. 
  • · La creación de recursos de datos electrónicos multilingües para el comercio y la industria son igualmente una llave maestra para el acceso a mercados internacionales.
  • · Reforzar las normas y leyes en cuanto a la protección de los datos privados de los consumidores es otro de los grandes retos que todavía impide el acercamiento de muchos posibles compradores a los medios electrónicos. 

Finalmente, la última consideración tiene que ver con el valor agregado que las empresas e ideas de negocios alrededor de la Red tienen en común y es la participación en la economía del conocimiento. Si bien el informe de la UNCTAD habla de la economía de la información, esta antecede a la economía del conocimiento donde no sólo se hace uso de las TIC’s sino que además se agrega el factor del conocimiento especializado como valor agregado a la oferta de servicios y bienes con mayor incidencia en la vida actual de las sociedades. A esto debemos apuntar como colombianos para que nuestra economía deje de depender necesariamente de las materias primas y nos proyectemos de manera decidida al futro del desarrollo económico y social en el que el mundo está avanzando.